Bases Legales Sorteo

Bases Generales De Participación del Sorteo

1. Empresa Organizadora

Las acciones promocionales están promovidas por Electrodomésticos Hermanos Péres S.L, en adelante “Hnos Pérez”, domiciliada en la calle Anoeta 31, Villaverde, 28041 Madrid. CIF B83133074.

2. Ámbito De Aplicación

Los concursos y promociones se extenderán a todo el territorio nacional.

3. Duración

Las fechas de comienzo y finalización estarán detalladas en cada una de las acciones promocionales.

4. Participación

Para poder participar en las diferentes acciones promocionales promovidas por Hnos Pérez se exige ser persona física residente en España con mayoría de edad.

La participación en el concurso podrá hacerse a través de la web, donde se debe rellenar el formulario de suscripción.

La utilización de correos electrónicos temporales, falsos o cualquier otro sistema de registro de correos fraudulentos, será motivo de participación nula, no optando a los premios, ni figurando en la tabla de clasificación de participantes.

Los participantes deberán estar suscritos a la newsletter de Hnos Pérez en el momento de la realización del sorteo.

Los participantes deberán ser mayores de edad y residentes en España (solo península).

Por norma general, y salvo que se establezca otra cosa en una promoción particular, solo se admitirá una participación por persona.

5. Ganadores

Los ganadores de los concursos lo serán por análisis de datos objetivos realizados por Hnos Pérez.

Por otra parte, los ganadores de los sorteos se extraerán por sistemas informáticos de selección aleatoria entre todos aquellos que hayan participado conforme a las reglas establecidas.

Los ganadores serán informados por correo electrónico y por la publicación en las Redes Sociales.

Si el ganador renuncia al premio Hnos Pérez podrá decidir si lo da a los suplentes o lo declara desierto.

En caso de que el ganador pertenezca a una zona cuyo régimen fiscal sea diferente (Canarias, Ceuta y Melilla) el pago del impuesto de aduanas correspondiente será obligación de dicho ganador.

6. Premio

El ganador del concurso se le dará un cupón válido para 1 noche y 2 personas en una habitación doble estándar. Se pueden canjear en cualquiera de los alojamientos asociados a nuestro sistema promocional de España, Andorra y Portugal (Hoteles, Casas Rurales y Complejos Turísticos de todas las categorías y destinos) qué esten considerados dentro de la plataforma asociada www.nochespromocionales.com.

La Vigencia del cupón es ilimitada, es decir, no caducan nunca. No existe ninguna restricción general a la hora de realizar la reserva (salvo las establecidas por la política de cada hotel y las de ocupación en cada momento=.

7. Aceptación Bases y Responsabilidad

La participación en el sorteo llevada a cabo por Hnos Pérez conlleva la aceptación íntegra de estas bases generales y las condiciones particulares.

Hnos Pérez se reserva el derecho de anular la promoción por razones justificadas, así como modificar estas bases o las de la acción promocional en cualquier momento o dejar el premio desierto. Si esto ocurriera será debidamente puesto en conocimiento de los participantes en el mismo canal en el que se haya llevado a cabo la acción, con una explicación motivada de la decisión.

De la misma forma, Hnos Pérez se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que vulneren las normas establecidas en las bases o cuyo comportamiento afecte al normal desarrollo de la acción promocional. Así como a descalificar a aquellos que actúen de forma abusiva o fraudulenta.

Hnos Pérez queda eximido de responsabilidad en el caso de que no pueda localizar al ganador por causas no imputables a la empresa. También el ganador exime a Hnos Pérez de la responsabilidad de cualquier perjuicio que pudiera derivarse del uso del premio otorgado.

Cualquier incidencia que pueda surgir y no esté contemplada en estas bases será resuelta por Hnos Pérez conforme a su mejor criterio.

8. Fiscalidad

De acuerdo con la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Personsa Físicas así como el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El ganador tendrá obligación de tributar en su declaración del IRPF el valor del premio. Asimismo, cuando el valor del premio sea superior a 300€, el organizador realizará en nombre del agraciado la retención o ingreso a cuenta del 19% del valor del premio. Por el contrario, dicha retención o ingreso a cuenta no procederá en aquellos premios inferiores a 300€.

Para poder entregar el premio por parte del Organizador, previamente deberá firmar el ganador un documento de aceptación del premio, autorizando al Organizador a efectuar en su nombre la correspondiente retención e ingreso a cuenta a que les obligan las disposiciones legales vigentes. A tal efecto, el ganador deberá facilitar al Organizador, en el plazo máximo de 3 días naturales desde que sea requerido para ello, todos los datos personales y fiscales que éste le solicite, en caso contrario, se entenderá que renuncia al premio.

Hnos Pérez no será responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias del ganador.

9. Datos Personales

Los datos personales recogidos en las acciones promocionales se regirán por lo establecido en el apartado Privacidad de nuestra web.

10. Ley Aplicable y Jurisdicción

Las acciones de promoción, así como las bases que las regulan, están sujetas a la legislación española. Cualquier controversia que de ellas se deriven, y ante la ausencia de acuerdo amistoso, serán competentes los tribunales españoles.